No se le sanciona porque no hay por dónde cogerle (insolvente, apenas con domicilio conocido), o al menos, no hay por dónde coger al último eslabón, el mantero... lo interesante sería coger al proveedor.cañaytapa escribió:Está claro, cuando quieres poner un negocio por lo legal, te llueven palos. Al ilegal o al intruso, como no figura, apenas se le sanciona.
La cuestión es la dudosa (cuando menos) potestad que tengan esas "sociedades" y "asociaciones" para obligar a pagar por la recogida de derechos generados por la obra de uno mismo, cuando ese "uno mismo" no pertenece a esa organización. Creo que urge una bonita investigación legal sobre si tal cosa es constitucional o no, y cuánto tiempo vamos a estar aguantando que la aristocrácia de la Edad Media (como si dijéramos) pretenda mantener el derecho de pernada, totálmente ajeno a las leyes actuales.