"Malo es el duelo, como mala es la guerra, pero mientras en la humanidad subsistan la ofensa o el agravio, la guerra y el duelo tomarán forma tangible con el vicio de lo sangriento, con la virtud de lo indispensable, con la terrible urgencia de las amputaciones".
Ofensas y Desafíos, Eusebio Yñiguez

"Un samurai jamás necesita prometer, porque para él, decir y hacer son una misma cosa"
Hagakure, YamamotoTsunetomo

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EL HONOR

No ha transcurrido tanto tiempo desde aquellos años en los que no hacía falta refrendar por escrito, delante de un notario, contratos, declaraciones o voluntades: la palabra de honor de un reputado caballero era, por sí misma, capaz de garantizar ante la sociedad cualquier acuerdo o declaración. Eran tiempos en los que simplemente un apretón de manos y el prestigio personal de los contratantes sellaban, a modo de aval, los tratos. Incluso en el derecho civil actual encontramos remanentes de dicha época, como por ejemplo la capacidad de contratar verbalmente, que aún sigue utilizándose para aquellas pequeñas operaciones mercantiles cotidianas.
Para grandes acuerdos esto resultaría hoy en día impensable, y a pesar de que se trata de un término actualmente -por desgracia- devaluado, el cultivo y mantenimiento del honor y la honra ha sido, durante siglos, el motor que movería las acciones y decisiones de los que se consideraban y hacían llamar caballeros a lo largo y ancho de todo el mundo civilizado, desde el Japón feudal o la China imperial hasta el Lejano Oeste norteamericano, pasando por todos y cada uno de los estados de la Vieja Europa, y también a lo largo y ancho de la Historia, desde la antigua Esparta o la eterna Roma hasta la actual edad Contemporánea.

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Duelo real a finales del S XIX, á outrance y con sable vaciado. Como puede verse, el perdedor quedó decapitado. 

Puede definirse el honor como el prestigio y buen nombre que la sociedad reconoce en una persona, familia o colectivo, forjado este con las acciones llevadas a cabo durante toda una vida, una carrera o incluso, de varias... a veces también a lo largo de linajes enteros. Esta cualidad no solamente aportaba nobleza, dignidad y hasta daba sentido a la vida, sino que resultaba desde cualquier punto de vista impensable para hidalgos y soldados la posibilidad de vivir sin honor, puesto que una vez perdido o dañado éste, se perdían por ende el respeto y la reputación tan duramente labrados con sangre durante años. Y si un caballero no era capaz de lavar por sí mismo cualquier ofensa o reparar cualquiera injuria que eventualmente pudiera mancillar su honra o la de los suyos, éste caería en la infamia de manera irrevocable.
Motivos para la pérdida del honor había muchos, y cualquiera de ellos, por nimio que a simple vista pareciera, podía resquebrajarlo de arriba a abajo como si de un vaso de cristal se tratara: un insulto mal defendido, una injuria, una acusación por presunto acto de cobardía o felonía... cualquier acto que se considerara más allá de lo que la tradición entendía como fuera de los cauces de la honorabilidad, era castigado severamente con tan desgraciada merma.
En algunos casos -no por ser extremos, menos extendidos- la única salida reparadora a la pérdida del honor se encontraba en la muerte. Hallamos en la Historia Universal multitud de ejemplos de esto: recordados son los casos de dos supervivientes del contingente espartano derrotado frente a los persas a las órdenes del rey Leónidas en las Termópilas, Pantites y Aristodemo los cuales, simplemente por el hecho de haber sobrevivido a sus compañeros (el primero formando parte de una embajada enviada por Leónidas a Tesalia en busca de aliados; el segundo, habiendo sido herido de gravedad en fechas previas a la batalla) cayeron en la mayor deshonra posible para un soldado espartano, la de volver a casa con sus escudos en lugar de sobre ellos. Debido a esto, serían merecedores de la presunción de cobardía, consideración que ni siquiera pudo limpiarse con sus respectivas muertes: Pantites, ya regresado y tras ser vilipendiado en Esparta, optó por ahorcarse, acentuando con ello su cobardía; Arsitodemo terminó muerto en la Batalla de Platea, habiéndose dejado llevar de manera alocada y suicida en la punta de ataque de las filas panhelénicas, un temerario acto que la tradición espartana condenaba por indisciplina.
También los samurai, el equivalente japonés del caballero medieval europeo, afrontaban la deshonra con impecable rectitud. En su caso, el abominable suicidio ritual desarrollado a tal efecto, el célebre "seppukku" era el método elegido para limpiar la deshonra; los caballeros japoneses consideraban esta ceremonia de destripamiento como la única y dolorosísima manera de restaurar el honor mancillado de un samurai. Ambos códigos de honor, tanto el de los soldados de Esparta como el Bushido respectivamente, bien merecerían un extenso tratamiento específico que desgraciadamente ahora no podemos permitirnos abordar.

No pretende pues, como decimos, este artículo tratar todos los procesos, legislaciones y particularidades a lo largo y ancho de la Historia -dicho propósito sería tan vasto que abarcaría libros enteros-, sino más bien, el objetivo será el de acercar al lector no iniciado, grosso modo, la manera en la que se desarrollaban dichos enfrentamientos en Europa, centrándonos básicamente en la metodología del duelo en la España romántica, por ser dicho período tal vez el de mayor auge y normalización en este tipo de encuentros denominados duelos o lances de honor, enfrentamientos de uso común especialmente entre militares y selectos miembros de la sociedad civil de la época, gente tradicional y especialmente celosa de su reputación y de la de sus respectivos colectivos.

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EL DUELO

A pesar de que histórica y generalmente el duelo ha sido casi siempre algo clandestino, desde la antigüedad y aún hasta bien entrado el SXX se tiene constancia de su celebración para satisfacer los diversos asuntos de la honra. Definimos el duelo como el enfrentamiento armado entre dos contendientes (del latín "duellum", algo así como guerra entre dos), mediando ofensa entre ambos, estando regido este por un estructurado reglamento basado en la tradición que, si bien está ordenado, minuciosamente elaborado y debe de ser conocido de antemano por todos los intervinientes en el acto (duelistas, padrinos/testigos, médicos, etcétera), no suele venir recogido como tal en legislación civil o militar, siendo casi siempre tan legítimo y lícito como habitualmente ilegal.

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Volviendo con los duelos primitivos, hoy sabemos que los contendientes pasaban alevosa y directamente a las armas, la inmensa mayoría de veces sin jueces o testigos que auditaran los cauces honorables del encuentro, y sin análisis previo de la ofensa ni de los medios o terreno utilizados. En ocasiones, se llegaba al punto del deliberado fraude, desembocando en auténticos asesinatos alevosos: por ejemplo, en el Siglo de Oro español, ciertos matasietes pavonaban el último tercio de sus espadas para llevar a error al contrario en el cálculo de la distancia que les separaba de éstos (medir la distancia a la punta del contendiente supone algo elemental en la esgrima), de manera que el oponente pudiera ser atravesado sin tan siquiera poder defenderse dignamente.
También sabemos que el arma utilizada para la inmensa mayoría de encuentros era, en exclusiva, la espada propia, si bien a partir de la normalización y reglamentación de los duelos se produce una evolución, ampliándose las armas destinadas a tal efecto, definiéndose y contemplándose pormenorizadamente cada vez más todos los detalles anteriores, interiores y posteriores al combate. En esta paulatina evolución, se llegó a una conclusión fundamental: para que la resolución de los conflictos por salvaguarda del honor -los cuales nunca dejaban de ser venganzas y arreglos personales a las disputas- no fuera considerada como una mera venganza, una reyerta o un vil asesinato, debían existir una serie de reglas fijas que los rigieran, reglas que impusieran mutuos respetos, que castigaran de manera proporcionada las ofensas en virtud de su naturaleza y que, en definitiva, ampararan a aquellos caballeros que injustamente las recibían.

La ilegalidad y la consecuente condena, persecución y/o sanción de los lances de honor se fue acrecentando de manera inversamente proporcional al cada vez mayor control, por parte de los estados o de las instituciones pertenecientes al mismo, de la administración de justicia. En España, sobre todo a partir del reinado de los Reyes Católicos, que fueron ejemplares y firmes perseguidores -siguiendo la ordenanza eclesiástica al respecto- de tan "mala usanza" (Ley de Toledo de 1480).
Como decimos, si bien generalmente por parte de los gobiernos (el emperador Carlos V, Luis XIII de Francia...) y de la Iglesia (los Papas Martín XIII, León IV...) se han perseguido y sancionado estos desafíos, considerándolos claramente como delito y llegando incluso a penarlos con excomuniones, destierros o sepultura lejos de sagrado de los enfrentados, a modo de excepción es cierto que también existieron otros gobernantes europeos que, bien hicieron la vista gorda, bien llegaron incluso al punto de promover dichas contiendas; eso sí, todo esto siempre dentro de los límites marcados por la tradición, encauzando y favoreciendo el desarrollo ordenado de los llamados lances de honor. Ejemplos de estos últimos monarcas los encontramos en Carlomagno, emperador del Sacro Imperio Romano Germánico o en el rey Francisco I de Francia, y también podemos hablar de puntuales apariciones de escuetas reglamentaciones en algunos fueros, sobre todo en ciudades y pueblos a lo largo de Castilla, Navarra y Aragón. El mismo Alfonso XI llegó a redactar una ley específica para regular los desafíos, rieptos y duelos.
Centrándonos en la Península Ibérica, existe constancia de que tanto celtíberos, fenicios y griegos (estos últimos lo denominaban Monomaquia, o "guerra individual") así como sus posteriores herederos cartagineses y romanos resolvían de manera más o menos ceremoniosa ciertos pleitos a través de las armas. También lo hacían los árabes, que resolvían de esta guisa algunos asuntos de honra, sobre todo aquellos concernientes a las mujeres (madres, esposas, hijas, hermanas, pretendidas...), teniendo en general estos encuentros un claro período de auge durante la Edad Media. Ciertos autores, como Mellado en su Enciclopedia Moderna (Madrid, 1852) se atreven incluso a reclamar la primicia de los duelos de honor en favor de "(...) la primitiva nación española, la única de la antigüedad en que se practicaba el combate personal como fallo decisivo de las desavenencias particulares. Consta este singular hecho histórico en un pasaje de Tito Livio: Algunos habitantes de este país, no queriendo o no pudiendo poner término a sus disputas, remitían la decisión al acero, y el vencedor era el que tenía razón. Debió cesar esta costumbre bajo el imperio de los godos, ya que no se habla de ella en las Leyes del Fuero Juzgo (...)". Si bien es cierto que Mellado posiblemente desconocía otros códigos anteriores al Liber Iudiciorum ya que Eurico, dos siglos antes, sí que trataba aunque fuera someramente, cierta reglamentación para duelos en su Codex Euricianus.
En el caso de estos precedentes almorávides y visigodos, y por tanto, a partir de dos vías distintas y separadas en el espacio y en el tiempo, surge la figura del juez de campo, germen de lo que, con el paso del tiempo, llegaría a ser el padrino-testigo, si bien ciertamente en la mayoría de los lances medievales imperaba la improvisación, y el marco reglamentario que los regía era sumamente laxo, cuando no inexistente.
En esta época en la que la religión camina ya de la mano, cada vez con más fuerza, de gobiernos y gobernantes, despuntan los denominados Juicios de Dios, enfrentamientos generalmente a muerte en los que se suponía al mismísimo Dios como único testigo y juez, por los cuales se pensaba que Éste dotaría de razón al superviviente. Llegado el caso en el que el colectivo ofendido fuera una institución u orden religiosa, o tal vez la mismísima Iglesia, también se elegía un campeón que empuñaría la espada en defensa de su honra. Los elegidos, eso sí, nunca serían sacerdotes -a pesar de que la Historia menciona a algún jesuita en dicho trance- sin duda por la repercusión social que habría tenido la derrota de un hombre de Dios en uno de estos lances, cuya consecuencia sería clara: Dios Todopoderoso dando la razón a alguien que se habría atrevido a ofender a la Iglesia… una contradicción en toda regla. Por supuesto, una razón más para que las instituciones cristianas se mostraran siempre firmes en contra de los duelos, "(...) irracionales estrados los de aquel siglo, pues no está vinculado el valor a la inocencia, ni la cobardía al delito, ni Dios ha hecho concierto con los hombres de manifestar por esos medios la razón o la sinrazón de la causa por la cual se batalla; y así vemos innumerables veces vencidos los virtuosos de los ruines y de los Caínes, los Abeles (...)". Corona Gótica Castellana y Austriaca, 2ª Parte. Núñez de Castro, Madrid, 1671

MILITARES EN EL CAMPO DEL HONOR

Numerosos, gallardos y notables son los ejemplos de soldados defendiendo con sus aceros la honra, ya fuera propia o de sus respectivas unidades e institutos armados. Colectivo este, el de los profesionales de las armas, que ha sabido ser siempre especialmente cuidadoso en el cultivo del prestigio personal, del valor y del espíritu de cuerpo, siendo estos valores especialmente apreciados, y como consecuencia, protegidos también con especial ardor ante cualesquiera que osara ponerlos en duda. Las crónicas militares de la época nos confirman que, si bien ciertamente ni ordenanzas ni códigos de justicia militares contenían de manera precisa reglamentación alguna referente a los duelos (más bien al contrario, es decir, sancionaban su celebración), estos serían de uso común en la resolución de pendencias entre hombres de armas. En la excelsa obra de Calderón de la Barca, veterano de Flandes y de Italia, encontramos numerosos desafíos entre soldados resueltos a través de las espadas, desafíos que no son sino reflejos y recuerdos de vivencias propias, como las que desde joven existe constancia de que las tuvo. La inmensa mayoría de los conquistadores españoles en América -si no todos, prácticamente- resolvieron sus asuntos de honor cruzando espadas. Inabarcable pues sería una lista que tal vez mereciera encabezar el conquense Alonso de Ojeda, conquistador de Venezuela, posiblemente uno de los mayores pendencieros, duelistas y esgrimidores de nuestra Historia, invicto y con más de un centenar de encuentros resueltos favorablemente a pesar de su menudo tamaño.

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Alonso de Ojeda


Especialmente célebre fue, vueltos de nuevo a Europa el caso del “Sansón de Extremadura”, Don Diego García de Paredes, notable soldado a las órdenes del Gran Capitán: “(…) era entonces el tiempo de los desafíos. La Europa, apenas salida de la barbarie, daba la reputación de más bravo a quien salía más veces vencedor en semejantes combates. ¿Quién en ellos pudiera medirse con Paredes, á quien el arnés más pesado no agobiaba más que una gala, y en cuyas manos era un juguete la maza más robusta? (…)” Retratos de los españoles ilustres con un epítome de sus vidas. Imprenta Real de Madrid, 1791.
Era García de Paredes un experimentado duelista, al igual que Ojeda también invicto tras numerosos lances de honor, y sobre todo célebre por aquel que tendría lugar ante los muros de Barletta en el año 1502, durante las Guerras de Nápoles. En aquella ocasión, cuestionada la hombría de los españoles por parte de los franceses, fueron elegidos once hombres por parte de cada bando, francés y español, para batirse en duelo a modo de torneo. García de Paredes, aún estando convaleciente de unas heridas, fue uno de los elegidos personalmente por el mismísimo Don Gonzalo Fernández de Córdoba para salvaguardar la honra del bando español. No sólo mató al oponente que le correspondía, aun mermado como estaba en sus facultades físicas, sino que, una vez detenido el encuentro a petición francesa para evitar una estrepitosa derrota en ciernes, García de Paredes, encolerizado por la interrupción de la lucha, consiguió hacer huir a los caballeros franceses supervivientes del campo del honor a la desbandada, dejando a todos ellos magullados o heridos de gravedad: los que no lo habían sido por los combates, lo fueron por las pedradas recibidas de su mano (tuvo que utilizar piedras por haber roto las armas propias en el lance). Era tal la condición física (se trataba de un auténtico atleta de la guerra) y llegó a tanto su celebridad, su maestría en el manejo de las armas y hasta la mitificación de su figura que, en varias ocasiones, alguno de sus contendientes –como por ejemplo el mariscal francés Gaspar I de Coligny- llegó a sacrificar su honra y sus principios por temor, rehusando batirse con él a cambio de salvaguardar la vida. Incluso Cervantes le nombra en varios capítulos del Quijote: “(…)Un Viriato tuvo Lusitania; un César Roma; un Aníbal Cartago; un Alejandro Grecia; un Conde Fernán González Castilla; un Cid Valencia; un Gonzalo Fernández Andalucía; un Diego García de Paredes Extremadura...(...)”. Don Quijote de la Mancha, capítulo XLIX.

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Diego García de Paredes

EL DUELO MODERNO: LAS LEYES DEL HONOR

El principal problema que encontramos cuando estudiamos los duelos lo tenemos en que, precisamente y como ya hemos comentado, se trataba de algo generalmente discreto e ilegal y por tanto, su realización se llevaba a cabo de manera "oculta", a espaldas de la sociedad. Difícilmente aparecen datos fiables escritos al respecto más allá de los tratados, pues la clandestinidad, la reserva y la prudencia con la que se desarrollaban dichos lances solía ser cuidada hasta en el más mínimo detalle (el estimado honor de los intervinientes estaba en juego). Por tanto, aparte de las obras más adelante referidas y alguna que otra más (decimonónicas por regla general), de los escasos testimonios reflejados en actas de duelo -desgraciadamente la inmensa mayoría desaparecidas- , también de ciertas novelas, artículos de prensa y alguna -escasa- filmación en cinematógrafo, poco o nada más tenemos.
En la época dorada del duelo -también la más reciente-, el desafío por cuestión de honor era ilegalmente consentido. Desde todo punto de vista oficial, tanto a nivel administrativo como militar o judicial, se establecía que, siendo como era el duelo un delito, todo proyecto encaminado a reglamentar dicho delito, aunque fuera de buena fe y con las mejores intenciones, era por tanto susceptible de ser considerado a su vez delito. Sin embargo, si bien la legislación civil y militar dictaba sanciones contra los intervinientes en los lances (destierro mayor, cárcel e incluso pena de muerte), siempre que el acto se desarrollara dentro de sus cauces y con la debida discreción se evitaba intervenir, por lo que podemos hablar de "hacer la vista gorda" por parte de la Administración siempre y cuando no se actuara con descaro o intermediara denuncia. Dicha denuncia se producía en contadas ocasiones, sobre todo por temor a que fuera asociada con la presunta cobardía a batirse por parte de alguno de los contendientes.
Resulta así mismo finísima la línea que separa el arreglo de forma prudente previo al lance armado, de un simple acto de cobardía por parte de los contendientes, y del mismo modo, también la honrosa muerte en duelo por parte de uno de los contrincantes (o por qué no de ambos), del mero y vil asesinato, por lo que solamente el desarrollo del encuentro conforme a su metodología y tradición ofrece a los contendientes la salvaguarda o reparación del preciosísimo honor.

En un lance entre caballeros debidamente realizado se partía, como decimos, del rígido y solemne marco legislado a través de las leyes del honor, recogidas éstas en distintos códigos transcritos a su vez en distintas lenguas (reseñables son las obras en francés de Gondenbaud, Chateauvillard, Verger de Saint Thomas...), todos ellos enmarcados, como hemos dicho, en la experiencia y la tradición, códigos que trataban de definirlo minuciosamente todo, desde las armas a utilizar como las distancias del encuentro, cómo y cuándo debían de ser llevadas a cabo las entregas de tarjetas por parte de los padrinos del ofendido, el proceder adecuado para el sorteo de los lugares de comienzo del asalto, la distancia de partida para dichos encuentros, la redacción de las actas previas y posteriores al acto... y por supuesto, el prestigio social exigido a todas las figuras externas intervinientes en el lance (padrinos/testigos y médicos).

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Para empezar, diremos que cada uno de los motivos que desembocaban en duelo tenía en principio una posible reparación a través de las armas, y en función de la gravedad del acto en sí, el duelo se desarrollaría de una u otra manera. En el momento en el que un caballero entendía que su dignidad u honra había sido mancillada o puesta en entredicho por otro caballero, podía poner el caso en manos de la justicia, si bien ésta solía ser muy lenta (incluso aún a día de hoy lo sigue siendo). Además, en determinados y largos períodos de la Historia, la administración de la justicia ha tenido enormes tintes de prevaricación y de parcialidad, cuando no ya directamente de corrupción.
Así pues, para evitar que una ofensa quedara impune por tráfico de influencias, sobornos, o simplemente, para evitar la eventual insatisfacción de las sentencias en cuanto a los asuntos de honor se refería, se llegaba pues al honorable y tradicional desafío privado. Aún en el caso de que, finalizado ya el lance, el ofendido cayera muerto, su reputación y honor habrían quedado fuera de toda duda y todo ello en un plazo razonable, cosa que jamás sucedería con una sentencia eterna, parcial o mal dictada.
Merece la pena llegado este punto indicar que solamente un caballero tendría la capacidad para ofender a otro caballero hasta el punto de llevarlo al campo del honor, y es precisamente de este concepto de donde surge el popular dicho de "no ofende el que quiere sino el que puede". Esto significa que cuando una persona desacreditada, sin reputación ni honra trataba de insultar a un honorable caballero, la sociedad no daría importancia al acto, dado que dicho ofensor no merecía consideración alguna, e incluso aun respondiendo el ofendido al ofensor, no entraría en juego el prestigio de éste, llegando incluso al punto de considerarse la acción como "no hecha" o lo que jurídicamente se definiría como nula de pleno derecho.

OFENSOR Y OFENDIDO

Las leyes del honor tipificaban y pormenorizaban las innumerables causas que podían llegar a menoscabar el honor de un caballero, dando paso a la solicitud de satisfacciones por parte del ofendido. Podemos comenzar diciendo que el ofensor era aquel que deliberada o indirectamente realizaba un acto que lesionaba o mancillaba -generalmente en público- la honra del ofendido. Un insulto, una acusación, una bofetada... o simplemente, el clásico lanzamiento de un guante sobre la cara del ofendido podían ser detonantes del conflicto. Existían casos en los que el ofendido no era el perceptor directo de la ofensa o injuria; esto sucedía cuando, por ejemplo, el desprestigio era lanzado contra una institución (un regimiento...) o contra un familiar indefenso o impedido (un anciano, una mujer...)
Al ofendido, en su condición de afectado, se le otorgaba el derecho a elegir las armas para el encuentro cuando lo que existía era una ofensa. También tenía derecho, a determinar el tipo de duelo, si el detonante era una injuria, y en los casos en los que ésta era de extrema gravedad, podía además elegir también la distancia, e incluso usar las armas de su propiedad, vetando al ofendido en el uso de las suyas. Esto último suponía una ventaja inmensa, dado que las armas propias (fueran blancas, negras o de fuego) estaban equilibradas a la medida del propietario, y dicha familiaridad a menudo terminaba por desequilibrar el encuentro, razón defendida por no pocos autores que establecían la imperiosa necesidad de utilizar en el duelo armas desconocidas para ambos.


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Duelo a sable (Fotograma de la película "Los Duelistas", basada en la excelente novela homónima de Joseph Conrad)


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Duelo a espada (Nuevo fotograma de la misma película: "Los Duelistas", de Ridley Scott)


Básicamente se clasificarían en tres los tipos de duelo recogidos por los códigos de honor:

• Satisfactorios: para lavar ofensas muy leves, aquellos que podían suspenderse en cualquier momento, siempre que el ofensor ofreciera la debida satisfacción y esta fuera aceptada por el ofendido.
• Propugnatorios o "a primera sangre": para lavar ofensas leves, graves y menos graves, siempre sin la voluntad de matar. Acababa en cuanto los testigos corroboraban cualquier indicio de herida o mancha de sangre, por pequeña que esta fuera.
• Decretorios o “á outrance” : para lavar ofensas muy graves y vengar injurias, se combatía hasta que uno de los dos quedaba fuera de combate… normalmente muerto.

Estos últimos, como veremos, pueden ser confundidos con los llamados duelos a muerte, que sin embargo no tenían cabida específicamente como tales dentro de las leyes del honor.

LAS ARMAS

Tres armas eran las autorizadas para batirse: la espada, el sable y la pistola, si bien, en determinados casos -excepcionales- podía llegar a autorizarse otras como el revólver o la carabina, incluso en según qué períodos, particularmente en España también se tiene constancia de duelos con navajas, bastones y garrotes.

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Duelo a garrotazos, de Goya

El arma de duelo habitual en los lances llamados á outrance, es decir, aquellos en los que se combatiría hasta que uno de los contendientes quedaba fuera de combate (previo dictamen médico) o muerto, solía ser la espada, arma blanca de filo, contrafilo y punta, llegando en casos extremos hasta el punto del vaciado, esto es: afilando el arma literalmente como una hoja de afeitar. La esgrima de espada es una esgrima de punta (busca de manera directa la estocada), y generalmente los daños causados por esta tenían consecuencias casi siempre mortales, y cuando no llegaban a serlo, siempre de extrema gravedad.
Debido a la dificultad, a la exigencia física y a la pericia necesaria para el manejo de la espada, a lo peligroso de sus heridas, a la tradición y al noble prestigio de esta arma, podemos decir que históricamente, la espada ha sido siempre el arma de duelo por excelencia.

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Detalles de espadas y espadines de duelo


En el caso de los lances a primera sangre, el arma elegida sería preferentemente el sable -arma de filo-, dado que en este tipo de encuentros no mortales estaban prohibidas, es evidente, las estocadas. En los lances a primera sangre se utilizaban pues armas negras, es decir, con la punta roma, con filo y contrafilo naturales (sin capacidad de corte), y el tipo de esgrima practicada con el sable resultaba perfecta cuando de lo que se trataba era de castigar, magullar o herir al oponente en lugar de matarlo. Todo esto no es óbice para que a veces, para un asalto á outrance se pactaran sables vaciados y con punta, o en contadísimas ocasiones -en los llamados duelos excepcionales que estudiaremos más adelante-, en un asalto a primera sangre pudiera hacerse uso de espadas negras, algo sumamente raro.

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Detalle de guardamano y hoja de sables de duelo

Por último, y para cualquier tipo de lance, se utilizaba también la pistola. Esta última arma fue ganando adeptos conforme pasaba el tiempo, principalmente porque equiparaba al máximo la habilidad de ambos contendientes y no requería de ninguna condición física o preparación especial previa para su manejo, el cual resultaba simple y sencillo. La pistola solía ser el arma escogida especialmente en casos de desigualdad patente entre los enfrentados ya fuera por edad, vigor físico o habilidad en el manejo de las armas. Un ejemplo claro lo encontramos en el caso de que alguno de los contendientes fuese diestro, es decir, un reconocido y experto tirador de espada o sable por su condición de profesional de las armas (militar, maestro de esgrima...).

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Cajas de pistolas de duelo, de avancarga y con el ánima lisa

Todo esto a pesar de que en determinadas ocasiones el ofendido, debido a la gravedad de las injurias sufridas y como antes señalábamos, tenía derecho a elegir el arma para el duelo, y en este caso lo único evitable por parte del ofensor era que el ofendido hiciese uso de las suyas propias. Resulta curioso y esclarecedor cómo en algunos tratados europeos se sostenía que, caso de ser el injuriado un esgrimidor profesional y el injuriador un civil, y de haberse decantado el primero por la espada como arma de duelo, el ofensor podía vetarla sin menoscabo de su honor. A pesar de estar dicho veto recogido en los códigos de honor de muchos países, en España se consideraba un acto de profunda cobardía, ya que "(...) la civilización actual obliga a todo el que se precia de caballero, y está dispuesto a defender su honra y la de su familia o instituto, a saber hablar en el lenguaje en que los hombres de honor departen en el campo, que no es otro que el idioma del acero o del plomo." Ofensas y Desafíos. Eusebio Yñiguez, Madrid 1890.
Si bien poco a poco, como decimos, se fue generalizando su uso y varios tratadistas hablan de ella como el arma idónea precisamente por equiparar a los contendientes, lo cierto es que la pistola nunca llegó a gozar del prestigio social y la nobleza de la espada, precisamente por la facilidad de su manejo, así como por la posibilidad de herir o matar a distancia y sin esfuerzo, algo que muchos consideraban pusilánime y vil. No obstante esto, los autores que la ensalzan lo hacen precisamente por el hecho de ser el único instrumento capaz de igualar las fuerzas.

PADRINOS Y TESTIGOS

Hemos tratado en este artículo con anterioridad las numerosas acciones injuriosas y ofensivas que podían desembocar en un duelo. Cualquiera de dichas acciones podía tener lugar estando ambos -ofensor y ofendido- de cuerpo presente, o también en ausencia del ofendido (por ejemplo, a través de lo dicho por el ofensor durante una conversación pública, o de lo comentado por este en un artículo de prensa). En el primero de los casos, ambos contendientes intercambiaban directamente sus tarjetas personales y de inmediato, el ofendido otorgaba representación por escrito a sus dos padrinos, quienes a partir de aquel momento procederían a interceder ante el ofensor. Así mismo, el ofensor buscaría a los suyos correspondientes, iniciándose sólo entonces un proceso de negociación para tratar de satisfacer al ofendido sin llegar a las armas. En el caso del ofendido ausente, éste remitiría por carta lo que se llamaba el "cartel de desafío", correo que sería entregado solemnemente por sus padrinos directamente al ofensor.
Eran pues los padrinos de ambos los que, en primer lugar, trataban diplomática y respetuosamente de mediar hasta aclarar el malentendido u obtener satisfacciones, con el propósito de evitar el armado desenlace, si es que esto fuera posible. Posteriormente, fracasados los acercamientos y enfrentados ya los contendientes en el campo del honor, los padrinos pasaban a ser testigos y su figura cambiaba, cambiando del rol de "diplomáticos" al de "imparciales jueces" en el encuentro. Debido a que ambos roles tan diferentes eran desempeñados por las mismas personas, muchos autores se refieren a ambos directamente como testigos, eliminando la figura del padrino. No obstante es preciso dejar claro que, independientemente de quién desempeñara dichos roles, las funciones de ambos eran claramente distintas, siendo la del padrino evitar el encuentro, y la del testigo, verificarlo.

Puede decirse que la intervención de estas figuras, que necesariamente debían ser personas de buen nombre y excelente reputación en la sociedad, corteses, educados y conocedores de los códigos, era la que verdaderamente distinguía el asesinato por venganza de lo que verdaderamente denominamos lance de honor entre caballeros. Ambas eran, decimos, figuras imprescindibles en el duelo: en los padrinos caía la responsabilidad de representar a los contendientes, la mediación entre estos en pos de evitar las armas, pero también la clasificación y el análisis previo de las ofensas; la elección del tipo de duelo y de las armas en virtud del daño cometido; la designación de las condiciones del duelo; la elección del día, fecha y hora del evento...
Una vez en la campiña, transformados los padrinos ahora ya en testigos, realizaban la selección del terreno; el obligatorio examen previo al combate de los ropajes de los contendientes y de sus armas; así como también en ellos recaía el arbitraje del lance. Terminado éste daban fe, reflejándolo en actas levantadas al efecto, del correcto desarrollo y desenlace del mismo conforme a las normas del honor, complementando estas actas a las previamente firmadas por los padrinos, acerca de los motivos, pormenores y negociaciones llevadas a cabo con anterioridad al encuentro.

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Nota de prensa con el resultado de un duelo

El duelo tradicional reuniría pues en la campiña a ocho personas: ofendido y ofensor; dos padrinos por contendiente (cuatro en total); a esto habría que sumar un médico por cada contendiente (dos más en total).
Si bien lo habitual era, como hemos señalado, que los padrinos se convirtieran en testigos llegado el momento del lance, en algunos casos dichos roles eran desempeñados por personas diferentes si esto era solicitado por alguno de los contendientes, de tal manera que, aparte de ambos duelistas, los cuatro padrinos y los dos médicos habituales, se aportarían uno o dos testigos por contendiente, haciendo hasta un máximo de doce intervinientes ejerciendo sus funciones en los distintos roles del encuentro.

CURIOSIDADES

En cuestiones de duelo, son abundantes las notas curiosas e incluso, las contradicciones que encontramos entre los distintos tratados. Quedan bien referidos en los distintos códigos de honor las providencias adecuadas al hallarse entre los contendientes un impedido físico: anciano, cojo, manco, tuerto o corto de vista... Del mismo modo, por la condición profesional de éste: militar de carrera, maestro de esgrima... Por supuesto, también por el parentesco, sexo y edad: hijos de los ofendidos, mujeres, ofendidos menores de edad...
Dentro de estas curiosas contradicciones, destacamos a modo de ejemplo que los códigos de honor de los distintos países no se daba cabida específicamente a los denominados duelos a muerte, los cuales eran considerados como algo "incivilizado y salvaje"; sin embargo, sí que se permitían á outrance, es decir, hasta que los médicos ratificaban que uno de los duelistas quedaba definitivamente fuera de combate o muerto (que por otra parte era lo más habitual en este tipo de lances), pero no siendo, en definitiva, la muerte de uno de los duelistas la finalidad última de los mismos.

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En el caso de los duelistas zurdos, estaba específicamente permitida la esgrima con este brazo, aun a sabiendas de que por entonces las escuelas de esgrima consideraban dicha práctica como una desventaja, dado que, independientemente de la habilidad del tirador, el lado que quedaba más expuesto y cercano al adversario era, lógicamente, el izquierdo: el del corazón. No obstante esta circunstancia, en la práctica los esgrimidores zurdos contaban con ventaja, dado que al ser minoría, estaban habituados a batirse con diestros, mientras que los diestros se encontraban generalmente desconcertados o incómodos ante una guardia que no era la habitual.
Otra la encontramos en el hecho de que a los testigos se les obligaba a acudir al acto armados con sus respectivas armas (espada, sable o bastón, según a lo que fuera el duelo), en teoría para poder intervenir con ellas si era necesario hacerlo en algún lance no autorizado del encuentro y sin embargo, explícitamente se prohibía, en el artículo inmediatamente posterior… ¡¡el uso de esas mismas armas y bastones por parte de éstos!!
Independientemente de lo recogido en los códigos, en la práctica los testigos acudían armados con su arma o bastón, y por supuesto quedaban facultados para el uso de la fuerza si esto era necesario, bien para hacer que fueran respetadas sus órdenes, bien para impedir acciones deshonrosas o fuera de las acordadas en el acta previa al combate por parte de los contrincantes.

LLEGADOS AL CAMPO DEL HONOR

Por regla general, los duelos solían tener lugar en el campo, en lugares despejados, apartados y recónditos elegidos al efecto, bien alejados de las miradas ajenas. Las horas elegidas solían ser las primeras de luz del día, recién despuntado el alba, con discreción y buena iluminación garantizadas.
Llegados todos los intervinientes con la debida etiqueta y puntualidad al lugar del acto (la falta de puntualidad no justificada se consideraba cobardía), los padrinos habían ya estructurado y reflejado en acta, aparte de las deliberaciones y negociaciones previas, cada detalle del encuentro: el tipo de duelo, el arma elegida, las distancias entre duelistas, los descansos entre asaltos... Los testigos tomaban entonces el relevo de los padrinos (eso cuando no eran los mismos, como ya dijimos, simplemente transformando sus roles, que en realidad era lo más habitual) y procedían entonces a echar suertes para elegir, de los que entre ellos mismos tuvieran alguna experiencia previa en este tipo de envites, al que llevaría la voz cantante en el acto y que sería designado como director del combate. El director de combate no tenía ninguna prerrogativa especial, simplemente hacía las veces de portavoz de los testigos en aquellas instrucciones y órdenes dadas a los duelistas.
La primera acción de la ceremonia era el saludo de cortesía entre los contendientes, como símbolo de caballerosidad y de respeto a las leyes del honor. Este sería el único acto de comunicación directo llevado a cabo por los afectados, dado que se prohibía expresamente cualquier tipo de contacto verbal entre las partes, salvo los llevados a cabo a través de sus respectivos testigos.
Se procedía entonces al obligatorio examen, por parte de los testigos, en primer lugar de las armas a utilizar, y en segundo lugar, del atuendo de ambos contendientes. El motivo de dichos análisis era verificar la no existencia de irregularidades en armas y vestuario (una cota de malla oculta, por ejemplo), así como la igualdad de condiciones de armamento para ambos en cuanto a filos, medidas, equilibrio, limpieza, mecanismos y cargas -estos últimos en caso de ser el duelo a pistola-. La negativa al análisis de armas o ropajes por parte de alguno de los contendientes derivaba en la pérdida de razón por parte de éste, y conllevaba la no verificación del duelo.

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Acta real del duelo anterior (Uruguay, SXX)

Después, se procedía al sorteo de lugares (quién iría a la derecha y quién a la izquierda), cuestión ésta que podía llegar a ser de vital importancia en las ocasiones en las que la posición del sol pudiese llegar a dificultar la visión de alguno de los combatientes.
Anunciadas las condiciones apalabradas para el lance en las actas de los padrinos por el director del combate, los duelistas aceptaban las mismas y recibían entonces las armas de manos de los testigos. Procedían a colocarse ambos contendientes el uno enfrente del otro, a la distancia acordada en el acta previa (que era de un metro entre punta y punta en el caso del acero), y los testigos en sus respectivos lugares, uno de cada parte al lado de cada duelista, y separados a distancia prudencial de estos. Los médicos y el resto de personas (por ejemplo los padrinos si eran distintos de los testigos), quedarían bien apartados de la línea de combate, a la altura del centro aproximado de la misma entre ambos contendientes.
Los duelistas debían enfrentarse en mangas de camisa blanca y con el pecho convenientemente abierto, para facilitar el control por parte de los testigos, de manera que se hiciera posible constatar rápidamente la aparición de heridas que conllevarían la paralización del envite.
Los testigos debían presenciar el lance con la mayor atención, impasibles, sin intervenir en ningún momento salvo en los siguientes casos:

1º Fatiga evidente y notable de alguno de los contendientes (o de ambos)
2º Presencia de espontáneos en el campo del honor
3º Herida sangrante (en lances a primera sangre supondría la finalización del evento, por insignificante que esta fuera. En lances á outrance, el médico curaría y el combate seguiría)
4º Herida o lesión que dificultara en extremo el manejo de las armas por parte de alguno de los contendientes (en estos casos, la decisión a tomar es muy importante: si tras la cura de urgencia y el dictamen por parte del médico los testigos consideraban que las facultades del esgrimidor habían quedado seriamente dañadas hasta el punto de la indefensión, el combate se suspendería aun a pesar de la opinión en contra del afectado. De no seguirse a rajatabla este criterio, la continuación del envite hasta la muerte podría considerarse asesinato, por encontrarse el duelista fallecido incapacitado para defenderse)
5º Desarme o fallo mecánico de las armas (rotura en el caso de armas blancas/negras; no salida del disparo en el caso de las de fuego)
6º Caída a tierra de alguno de los contendientes
7º No cumplimiento de las condiciones previas estrictamente acordadas para el envite
8º Desatención de las leyes del honor mediante malas tretas o juego sucio (por ejemplo, quedaba prohibido que los contendientes utilizaran, en el caso de armas blancas, su mano no armada para desviar el hierro contrario)

Producidas estas contingencias, eran los testigos los que ordenarían procedente seguir o suspender el encuentro.

Finalizado el lance, los testigos levantarán acta, esta vez con la descripción pormenorizada del desarrollo y resultado final del encuentro, que será leída en voz alta por el director del combate y rubricada por los intervinientes.


ESPECIFICACIONES DEL DUELO A PISTOLA

El duelo a pistola era aquel donde los testigos tenían menos trabajo de arbitraje, dado que por su sencillez, era el menos dado a contingencias y alteraciones de lo pactado en el acta previa del encuentro por los padrinos.
Los duelos a pistola tenían algunas modalidades, todas ellas consideradas dentro de las leyes del honor. En cada una de estas modalidades, se pactaban distancias que separaban a los contendientes entre los quince y los cincuenta pasos, y no estaba autorizada, salvo en casos de injurias extremadamente graves, la utilización de armas propias por parte de los ofendidos (en este caso, el ofensor tenía el derecho de elegir, de entre las dos pistolas propiedad del ofensor, cuál iba a utilizar).

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Los puntos de mira en pistolas de duelo debían ser fijos; las pistolas utilizadas, del mismo par (los fabricantes ya las presentaban así, en una caja a modo de juego de duelo completo), y salvo que se pactara en contrario, el ánima debía de ser siempre lisa.
En pistolas de duelo, la bala iba inmediatamente delante de la carga de pólvora, sin taco que las separase, y por lo tanto, la acción de compactar carga y bala se realizaba a mazazos por parte del testigo habilitado para ello. Estaba recogido en las actas y así se certificaba por el resto de testigos, que en el proceso de carga de las pistolas, el número de mazazos y la intensidad de los mismos debía de ser idéntico para ambos ejemplares, independientemente de que luego el disparo por la razón que fuera no saliera y pudiera perjudicar por tanto al usuario.
Las modalidades de duelo a pistola eran seis:

1º A pie firme
2º Marchando
3º Disparo a voluntad
4º A marcha interrumpida
5º Líneas paralelas
6º Al mando

No vamos a entrar en las particularidades de cada una de ellas para no hacer más extenso este punto.

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Retirada de contendientes finalizado el encuentro

DUELOS LEGALES Y EXCEPCIONALES

A pesar de su naturaleza claramente ilegal, recibían la consideración de duelos legales aquellos llevados a cabo conforme a las leyes y las costumbres del honor, y siempre utilizando las armas tradicionales. Conforme a esto se desarrollaban la mayoría de duelos.
Dichos encuentros, siempre que partieran de retos entre caballeros, no podían ser rechazados bajo ningún concepto sin caer en el descrédito y la cobardía.
Por contra, existían los llamados duelos excepcionales, una especie de cajón de sastre lleno de excepciones donde cualquier arma, método, disposición, etcétera era susceptible de ser utilizado para batirse. Esta clase de encuentros requería para su validación de la aceptación específica y por escrito por parte de todos los intervinientes, de tal manera que podían ser rechazados por cualquiera de los contendientes atendiendo a las leyes del honor, al no encontrarse dentro de los cauces común y tradicionalmente aceptados, y sin temor a caer en el deshonor o la pérdida de consideración social.

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Duelo excepcional, a caballlo y con sable


AGRADECIMIENTOS

Quisiera agradecer, antes de concluir, a mi compañero en la moderación del Foro El Gran Capitán Stormbringer por la idea original para la confección de este artículo, pero sobre todo por la inestimable documentación facilitada para su elaboración, y también a D. Pablo Moya Montes (Corocotta), del Foro de Esgrima Antigua y presidente de la Asociación Alicantina de Esgrima Antigua, por su orientación al respecto. Sin ellos, este trabajo jamás habría sido posible.

BIBLIOGRAFÍA Y FUENTES (Aparte de algunas ya referidas a lo largo del artículo):

"La protección del honor y de la fama en el derecho histórico español"; Anales de derecho. Universidad de Murcia, número 11. 1991
"Torneos, jineta, rieptos y desafíos"; Don Enrique de Leguina, Barón de la Vega de la Hoz. Madrid, 1904
"Prontuario del Duelo"; Don Ángel Murciano. Madrid, 1902
"Ofensas y Desafíos"; Don Eusebio Yñiguez. Madrid, 1890
"Lances de honor entre Caballeros"; Don Julio Urbina y Ceballos Escalera, Marqués de Cabriñana. Madrid, 1900
"Estudio de la Historia"; Arnold J. Toynbee
"El Ingenioso Hidalgo Don Quijote de la Mancha"; Miguel de Cervantes
"Crónicas del Gran Capitán"; Antonio Rodríguez Villa. Madrid, 1903.
"La Aventura de los Godos"; Juan Antonio Cebrián, 2002.
"By the Sword"; Richard Cohen, 2002.
"Historia"; Herodoto de Halicarnaso (Gredos).
http://spainswords.com/
http://wikipedia.org/
http://youtube.com/
http://gladius.revistas.csic.es/index.php/gladius


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